jueves, 30 de octubre de 2008

LOS MATRIMONIOS HOMOSEXUALES Y LA IGLESIA: ANÁLISIS DE UNA NUEVA SITUACIÓN.

A mis efectos, éste es un interesante artículo para protagonizar nuestro debate semanal. Supongo que aunque coexistan posturas de distinto tipo dentro de la Iglesia y aunque oficialmente dentro de la Iglesia no se reconozcan, para estas alturas habrán de estar ya realizándose estudios que vayan más allá de las meras soflamas y conjeturas, ante la nueva situación. Por mi parte yo estoy convencida de que veremos tiempos mejores, por supuesto desde la aceptación de que en la Iglesia cogemos todos.

Douglas Laycock, Anthony R. Picarello Jr., y Robin Fretwell Wilson publicaba una recopilación de textos de eruditos en derecho en un forum financiado por el Becket Fund for Religious Liberty. En el libro "Same Sex Marriage and Religious Liberty: Emerging Conflicts" (Matrimonio del Mismo Sexo y Libertad Religiosa: Conflictos Emergentes" (Rowman and Littlefield), los colaboradores explicaban qué tipo de conflictos pueden tener lugar al establecerse el derecho al matrimonio del mismo sexo.

En su aportación, Marc D. Stern, director adjunto del Congreso Judío Americano, apunta que las instituciones religiosas tienen el deber de "extender la fe" tanto entre sus creyentes como entre otros. "¿Se podrá seguir hablando sin restricciones contra el matrimonio del mismo sexo?", preguntaba.

Stern observaba que, ya en Canadá, las quejas aceptadas en las comisiones provinciales y federales de derechos humanos han llevado a sentencias contra ministros y otros que han criticado públicamente la homosexualidad.

Aunque el derecho a la libertad de expresión es más fuerte en Estados Unidos que en Europa u otros países, Stern expresaba su preocupación, sin embargo, de que las leyes de discriminación sexual puedan extenderse con facilidad a las expresiones que se opongan al matrimonio del mismo sexo.

Instituciones católicas

Stern también planteaba la cuestión de qué ocurrirá con los empleados de las agencias e instituciones de la Iglesia. Las últimas sentencias de los tribunales han obligado a las instituciones católicas a proporcionar cobertura sanitaria para anticonceptivos, de manera que podrían aumentar los problemas para las iglesias cuando se trate de empleados que entren en matrimonios del mismo sexo.

Las agencias de asesoría matrimonial, las clínicas psicológicas y otros servicios similares ofrecidos por las iglesias, pueden tener dificultades a la hora de obtener licencias del gobierno, si adoptan una postura en contra del matrimonio del mismo sexo, advertía Stern. Además, muchas agencias de la iglesia reciben financiación del gobierno, lo que podría ponerles en dificultades si se oponen al matrimonio del mismo sexo.

Stern concluía su escrito diciendo que quienes se oponen al matrimonio del mismo sexo se verán afectados si éste se legaliza y, basándose en las actuales leyes, hay grandes dudas de que quienes disientan sean capaces de escapar a las consecuencias legales.

Jonathan Turley, profesor en la Universidad George Washington, sostenía que la jurisprudencia del Tribunal Supremo en el área de las prácticas discriminatorias con base religiosa "es hoy desgraciadamente confusa y contradictoria".

El Tribunal ha permitido, por ejemplo, que el gobierno castigue a algunos grupos por sus prácticas religiosas mediante la denegación de la exención de impuestos. Por otro lado, no obstante, ha reconocido el derecho a la libertad de expresión y asociación para algunos otros.

"El matrimonio del mismo sexo nos pone una vez más ante este inherente conflicto entre el ejercicio de los derechos de la Primera Enmienda y la aplicación por parte del gobierno de una política de no discriminación que penaliza los puntos de vista discriminatorios", observaba Turley.

Contradicción

Turley comentaba la contradicción entre decir a una organización que puede oponerse a la homosexualidad en sus enseñanzas, pero, en cambio, debe estar dispuesta a contratar homosexuales en sus agencias.

Aparte de negar la exención de impuestos los tribunales pueden imponer un arsenal de penas a las organizaciones que sean consideradas discriminatorias. En California, el tribunal supremo del estado mantuvo el que se negara un lugar de atraque en Berkeley a los Boy Scouts por la oposición de la organización a la homosexualidad.

Charles J. Reid, Jr., profesor de derecho en la Universidad de St. Thomas, reflexionaba sobre la relación entre la religión, el derecho y el estado. Sostenía que el derecho enseña valores a través de comportamientos que sanciona y otros que prohíbe.

El cristianismo jugó un papel clave en la determinación del derecho matrimonial, no sólo en Europa desde la Edad Media, sino también en Estados Unidos, explicaba Reid. De hecho, desde el siglo XX hasta hace pocas décadas, era aceptable en círculos legales referirse al matrimonio como algo traído a la existencia por la guía divina.
Durante muchos siglos, el matrimonio fue visto como una institución que desempeñaba un papel primario en el ordenamiento de la sociedad y se consideraba sumamente importante para el bienestar social. Además, se concebía el matrimonio no como una creación del estado, sino como una institución que precedía al estado.

El matrimonio, observaba Reid, ha sido ahora desacralizado, pero al hacerlo hemos acabado teniendo un extendido divorcio y un alta incidencia de nacimientos fuera del matrimonio.

Lecciones

Otra consecuencia es el razonamiento legal presente en la sentencia del Tribunal Supremo de Massachusetts al legalizar el matrimonio del mismo sexo. Sobre la relación del matrimonio con el estado el tribunal escribía: "Simplemente, el gobierno crea el matrimonio civil".

El cómo la sociedad estructura las leyes que rigen el matrimonio, el compromiso y el cuidado de los hijos, transmite valores sobre estos aspectos vitales de nuestras vidas. El actual debate sobre el matrimonio es en parte una batalla sobre la lecciones que son apropiadas para que la ley las enseñe, concluía Reid.

En su conclusión al volumen, Douglas Laycock, profesor de derecho en la Universidad de Michigan, observaba que quienes habían hecho las aportaciones para el mismo tenían puntos de vista diversos sobre el matrimonio del mismo sexo y la religión, pero todos están de acuerdo en que el matrimonio del mismo sexo es una amenaza a la libertad religiosa.

Quienes apoyan el matrimonio del mismo sexo exigen no sólo el reconocimiento legal y no sólo tolerancia del sector privado, sino también el reconocimiento y el apoyo afirmativo tanto del sector público como del privado. Algunos incluso buscan suprimir cualquier expresión pública de desaprobación, añadía Laycock.

Observaba que las experiencias pasadas de conflictos sobre temas culturales en Estados Unidos es que una vez que las innovaciones importantes han sido aseguradas, esto suele conducir a nuevas exigencias dirigidas contra los focos remanentes de resistencias.

Una solución, proponía Laycock, puede ser dejar el matrimonio a las iglesias, mientras que gobierno se reservar las uniones civiles. Incluso esta solución, reconocía, no resolvería del todo los problemas.

13 comentarios:

Anónimo dijo...

El matrimonio cristiano es heterosexual, sin que se niegue por ello que puedan casarse los homosexuales.

El matrimonio crsitiano es la imagen más real de la entrega de Dios a la humanidad, por eso en la Iglesia el sacramento del matrimonio olo realizan los contrayhentes.

Anónimo dijo...

Te veo muy optimista, Dorota; respecto a la posibilidad de que la Igleisa varíe un ápice de su posicionamiento oficial respecto a la homosexualidad. Y esto me lleva a plantear una pregunta que no es opinable, pues me refiero a la doctrina y eso será blanco o negro, pero desde luego no opinable.
Debido al debate que hemos mantenido hace unos días sobre los niños-medicamento me he leído la encíclica "Humanae vitae" de Pio XII. Mi pregunta es la siguiente: ¿cuando un Papa elabora una encíclica está hablando ex-cátedra?

Yo me imagino que una mínima coherencia eclesial hará que la respuesta sea SI, puesto en una encíclica el Papa está hablando al mundo para impartir doctrina. Si esto es así, y dado que es el Espíritu Santo quien habla por boca del Suma Pontífice; la lógica más elemental me indica al menos dos cosas:

1.- El Espíritu Santo es de extrema derecha.

2.- La Iglesia jamás reconsiderará cuestiones como la homosexualidad, ni siquiera otras mucho más leves, como la planificación familiar.


¿Hay algún error en mi razonamiento?

Saludos

JML

Anónimo dijo...

Cuanto tiempo sin pasar por aquí...
empezare esperando respuesta a la pregunta de JML...
Saludos de nuevo.

Anónimo dijo...

Los que están “llenos del Espíritu” suelen desarrollar una consideración demasiado elevada de sí mismos, lo cual se halla en total contradicción con la necesidad de abajamiento predicada inicialmente o con una mínima exigencia de humildad. Esto puede llevar a confusión a los que consideran sus actos como la verdadera esencia del Espíritu. El Espíritu es siempre y en todo caso políticamente incorrecto, “escandaloso”. Jesús no habló nunca de los homosexuales y esto tendría que hacer meditar. Además, uno de los primeros conversos a la fe en el Resucitado fue el eunuco de Hch. 8, 26-40 quien por su condición sexual estaba excluido de la comunidad del Antiguo Testamento (Dt. 23,2). El aperturismo o universalismo del primer cristianismo se vio truncado progresivamente con la estructuración de la iglesia jerárquica con lo que los iniciales aires de renovación fueron prácticamente finiquitados, volviéndose a la situación inicial pero al revés. Todos podemos apelar prudentemente al espíritu pero en la convicción de que todos y cada uno de nosotros somos depositarios del mismo, los homosexuales también: “Entonces Dios el Señor formó al hombre, de la tierra misma, sopló en su nariz y le dio vida. Así el hombre comenzó a vivir (Gn. 2, 7).

Un saludo (veo que ya estamos todos).

Anónimo dijo...

Bien, Joaquim. Entiendo lo que dices. Pero necesito una respuesta clara: ¿Cuando un Papa elabora una encíclica está hablando ex-cátedra?

Saludos

JML

Anónimo dijo...

Normalmente no. Te dejo un par de enlaces a la Enciclopedia Católica para que lo veas.

Encíclica: “Respecto a la fuerza de obligar de estos documentos se admite generalmente que el mero hecho de que el Papa pueda haber dado a cualquiera de sus declaraciones la forma de encíclica no constituye necesariamente un pronunciamiento ex-cathedra ni le inviste de autoridad infalible. El grado en que se compromete el magisterio infalible de la Santa Sede debe juzgarse por las circunstancias, y por el lenguaje utilizado en cada caso particular. Respecto a la fuerza de obligar de estos documentos se admite generalmente que el mero hecho de que el Papa pueda haber dado a cualquiera de sus declaraciones la forma de encíclica no constituye necesariamente un pronunciamiento ex-cathedra ni le inviste de autoridad infalible. El grado en que se compromete el magisterio infalible de la Santa Sede debe juzgarse por las circunstancias, y por el lenguaje utilizado en cada caso particular.” (http://ec.aciprensa.com/e/enciclica.htm).

Infalibilidad: “El Concilio Vaticano I ha definido como “dogma divinamente revelado” que “el Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra- o sea, cuando en el ejercicio de su oficio de pastor y maestro de todos los cristianos define, en virtud de su suprema autoridad apostólica, una doctrina de fe o de moral que deba ser aceptada por toda la Iglesia- posee, gracias a la asistencia divina que se le prometió en el bienaventurado Pedro, goza de la infalibilidad con la que el Redentor quiso dotar a su Iglesia al definir doctrinas de fe y moral, y consecuentemente, tales definiciones del Romano Pontífice son inmutables por su propia naturaleza (ex sese), y no por el consentimiento de la Iglesia” (Denzinger 1839). Para entender correctamente esta definición debe tenerse en cuenta que:
• Lo que se afirma es que el Papa es infalible, no que es impecable o inspirado (Véase arriba, I).
• La infalibilidad que se afirma del Papa es la misma en naturaleza, objetivo y extensión que la que posee la Iglesia. Sus pronunciamientos ex cathedra no tienen que ser ratificados por la Iglesia para ser infalibles.
• No se afirma que el Papa sea infalible en todos sus actos doctrinales. Las condiciones para que una enseñanza se considere ex cathedra están mencionados en el decreto del Vaticano I:
1. El Pontífice debe enseñar en su carácter público y oficial de pastor y doctor de todos los cristianos, no privadamente como teólogo, predicador o conferencista, ni tampoco como príncipe temporal, ni siquiera como mero ordinario de la diócesis de Roma. Debe quedar claro que habla como cabeza espiritual de la Iglesia universal.
2. Es, por lo tanto, sólo es infalible cuando enseña doctrina de fe o moral en ese carácter (Cfr. abajo, IV).
3. Debe además ser suficientemente evidente que él pretende enseñar con la plenitud y finalidad de su suprema autoridad apostólica. O sea, que él desea determinar algún punto de doctrina de forma final e irrevocable, o definirlo en el sentido técnico (Cfr. DEFINICIÓN). Hay varias fórmulas reconocidas gracias a las cuales se manifiesta la intención de definir.
4. Por último, para que una definición sea ex cathedra debe quedar claro que el Papa pretende que aquella sea obligatoria para toda la Iglesia.” (http://ec.aciprensa.com/i/Infalibilidad.htm)


Espero que no sea muy indigesto.

Anónimo dijo...

Para nada indigesto, al contrario, a mi me ha resultado entretenido. A ver que opináis de mi aportación…

Me había asustado un poco la primera definición, dando a entender que debe juzgarse la infalibilidad de la santa sede atendiendo a las circunstancias y el lenguaje empleado, lo que, desde mi punto de vista, dejaba expuesto a un “mensaje infalible” a no ser comprendido como tal, si los falibles que lo escuchan malinterpretaban el contexto o el medio utilizado. Pero la segunda definición parece aclarar que cuando un mensaje es infalible, ya tienen preparados los mecanismos adecuados para que todo el mundo se de por enterado. No tengan ustedes dudas, si el mensaje es infalible, le avisare. Si a JML le surgen dudas, debe ser porque esta vez no era infalible.

Saludos x ahí…

Anónimo dijo...

Me parece una aportación infalible.

Anónimo dijo...

En relación al artículo, no deja de sorprenderme la forma de abordar el tema de los llamados “conflictos”, que surgen al establecer el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Creo que nunca entenderé de qué manera “el matrimonio del mismo sexo es una amenaza a la libertad religiosa”, pero no deja de sorprenderme encontrarme afirmaciones similares una y otra vez (el que quiera animarse a intentar explicármelo, puede intentarlo, faltaría más).

Además, gran parte de los conflictos que mencionan me han parecido una tontería sin importancia, al fin y al cabo, si ejercer una opción por razones religiosas te acarrea dificultades administrativas con el gobierno, ¿es este motivo suficiente para dejar de hacerlas?… o ¿de verdad tenemos más embarazos extramatrimoniales por la desacralización del matrimonio? (ya imaginareis mi opinión negativa en ambas cuestiones).

Las organizaciones a las que aun les sorprende ciertas “contradicciones”, harían un gran favor a la sociedad expresándose con “claridad meridiana”:
La frase:
“Quienes apoyan el matrimonio del mismo sexo exigen no sólo el reconocimiento legal y no sólo tolerancia del sector privado, sino también el reconocimiento y el apoyo afirmativo tanto del sector público como del privado. Algunos incluso buscan suprimir cualquier expresión pública de desaprobación”

quedaría más clara si la expresaran así:
“Quienes apoyan el matrimonio del mismo sexo, aunque tengan un reconocimiento legal, o la tolerancia del sector privado (a nuestro pesar), vayan olvidándose del reconocimiento y el apoyo afirmativo, ni del sector público ni del privado. Por supuesto, defendemos el derecho, si no la obligación de todo hombre de bien, a ejercitar cualquier expresión pública de desaprobación”

Reconozco que para mí, el tema es bastante más inocuo de lo que se plantea. El “matrimonio”, además de todo lo demás, es una palabra, con un significado que puede evolucionar con el tiempo, tal y como lo hace el resto del lenguaje. Y lo menciono porque respetar la equiparación de derechos civiles de una unión homosexual, pero exigir que nos se les llame matrimonio, es tan solo una “pelea de léxico”, carente de relevancia.

Como bien ha dicho Gorka97, el “matrimonio cristiano” es lo que es, y nadie hasta donde yo alcanzo quiere cambiarlo. Meterse en discusiones de este tipo con respecto a la palabra “matrimonio”, tiene la misma importancia que debatir sobre la acepción de “hombre” (la de “hombre de honor”), aplicada a un mentiroso, ¿es o no es un “hombre”?.

El “matrimonio homosexual” será o no “matrimonio”, sin duda, según los usos de cada época, y en su caso, así lo recogerán los diccionarios, adaptándose a la evolución propia de las lenguas vivas (otra expresión con múltiples acepciones, por cierto).

Y como muestra un botón, para matrimonio, la 4ª acepción de la palabra usada en Puerto Rico (según la RAE).

Pero bueno, esto es soltar un tocho, y lo demás tonterías… mis disculpas por la brevedad.

Saludos a todos…

Anónimo dijo...

Pues ya que entramos en temas culinario conyugales (el matrimonio puertoriqueñño tiene que estar riquísimo), ¿qué me dices de los actuales "maridajes" del vino?

Anónimo dijo...

mmmmhh… vino “unido carnalmente”! con chuletón por ejemplo, bastante más atractivo que el matrimonio, sin duda!

Anónimo dijo...

Gracias, Joaquim por la información que proporcionas. Es extensa y la leeré con cuidado.
Un saludo

JML

Anónimo dijo...

Mis querid@s amig@s: Como os he dicho esta mañana en un artículo anterior, he estado ausente unos días, y a mi vuelta me he encontrado con vuestro ameno diálogo.
En alguno de los casos me he sentido además y ciertamente, muy bien representada..

Supongo que después de las intervenciones de Joaquim, a ti querido Anónimo te habrá quedado lo suficientemente aclarado lo que es la infalibilidad pontificia; pero por si no es así, yo también incluiré un breve resumen.

Verás:

Para que una declaración dogmática lo sea, han de darse estas tres características:

1.El Papa debe hablar "como Pastor y Maestro supremo de todos los fieles que confirma en la fe a sus hermanos". (Si habla en calidad de persona privada, o si se dirige solo a un grupo y no a la Iglesia universal, no goza de infalibilidad.)

2.El Papa "proclama por un acto definitivo la doctrina". (Cuando el Papa claramente expresa que la doctrina es definitiva, no puede cambiar.), y

3.El Papa habla "en cuestiones de fe y moral".

Por lo demás, y comenzando con la pregunta que tú planteabas, querido Anónimo, te diré que NO. Que el Espíritu Santo no es de “extrema derecha”, de “extrema izquierda”, ni siquiera de “extremo centro”: sólo es el hálito de vida que habita y hace latir el corazón de la Iglesia.

A tí, Hola, te diré que estoy de acuerdo con todas tus afirmaciones. Sin embargo, a mí ninguna de las contenidas en el artículo me han resultado novedosas ni sorprendentes, sino quizá alarmistas e innecesarias.

Porque aunque el reconocimiento de los nuevos derechos y la influencia de grupos de opinión puedan traer situaciones de pérdida de poder político y financiero no deseadas por parte de la Iglesia, esa posibilidad personalmente se me antoja una depuración beneficiosa para lo que tiene que ser el desarrollo de su ser y de su misión bajo la influencia del Espíritu de Dios .

Digamos que todo es para bien.

Yo confío en ello.